martes, 25 de septiembre de 2012

La fecha señalada

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  Durante el fin de semana, en la tanda de los partidos de fútbol y de las carreras de autos, la Presidencia colocó una propaganda pensada para activar un reloj con una cuenta regresiva para el Grupo Clarín.
   El aviso comienza así: "Queremos que marques un día importante en el calendario: el 7 de diciembre; o, como vamos a llamarlo desde ahora, el 7D. La D es diciembre, pero también podría ser de diversidad y de democracia".
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   La diversidad -según el aviso que firma la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA)- llegará a los medios cuando el Grupo Clarín se achique para cumplir con el artículo 161 de la ley de medios sancionada hace tres años por el Congreso. El artículo obliga a los grupos de medios que exceden el número de licencias de televisión abierta, de cable y de radio permitidas por la ley a adecuarse al nuevo marco normativo.

   El Grupo Clarín presentó una medida cautelar ante la Justicia, para que quedara en suspenso la aplicación del artículo 161; al tiempo que promovió una demanda para cuestionar la constitucionalidad de la norma, de modo que la obligación de vender licencias no se le aplicara hasta que resolviera el planteo de fondo.
   El Poder Ejecutivo buscó acotar los plazos judiciales y logró que la Corte Suprema de Justicia estableciera en un fallo del 22 de mayo que tres años resultaba un tiempo más que razonable para la vigencia de la medida cautelar, que había dejado todo en suspenso. El 7 de diciembre se cumplen los tres años.
   ¿Qué pasará entonces?
   "Si el Grupo Clarín se sigue negando a cumplir con la ley, el Estado se verá obligado a llamar a concurso púbico para adjudicar aquellas licencias que excedan el máximo autorizado por ley, a nuevos titulares que deberán cumplir con todos los requisitos legales, como cualquier hijo de vecino", anticipa el Poder Ejecutivo en el aviso.
   El Grupo Clarín respondió con otra campaña publicitaria, en medios propios y ajenos, que le quita toda relevancia a la fecha del 7 de diciembre, porque afirma que nada cambiará el 8 de diciembre.
    
   El aviso recuerda que el juicio por la constitucionalidad del artículo 161 se encuentra aún en trámite y que, si de aquí a la fecha señalada, no se conociera sentencia de primera instancia para la cuestión de fondo, podría solicitar una prolongación de la medida cautelar; y si no la obtuviera, recién entonces empezaría a regir el plazo de un año que la ley concede para la adecuación.
  Para el análisis de cuestiones jurídicas bastante específicas y técnicas, en un contexto muy polarizado, resulta difícil encontrar opiniones que no comprometidas de antemano. Uno de los textos menos previsibles que leí fue escrito por Gustavo Arballo, abogado y autor del blog saberderecho.com. Arballo cita un párrafo del fallo de la Corte que él considera clave para evaluar si el año que concede la ley para la adecuación ya se ha consumido o no.
   "En consecuencia, a partir del 7 de diciembre de 2012 vence la suspensión del art. 161 de la ley 26.522 y se aplica a la actora. De ahí que estando su plazo para adecuarse a las disposiciones de la ley, vencido el 28 de diciembre de 2011, sea plenamente aplicable a la actora con todos sus efectos a partir de la fecha indicada."
   Arballo interpreta que, para la Corte, el plazo para la adecuación se agotó ya. Luego se pregunta qué puede pasar en la fecha señalada.
   "Clarín podría en el interín (del 7D en adelante) plantear entonces una aclaratoria basándose en su teoría de que la Corte dijo otra cosa (no prosperará). O plantear una nueva cautelar (no prosperará porque la Corte no se va a mover de los 36 meses). O poner sobre la mesa un plan de adecuación muy genérico, al sólo efecto de no ser sancionado por la no presentación, aclarando que supedita su ejecución a lo que resulte del juicio donde demanda la inconstitucionalidad de algunos artículos de la ley.
   O hacer alguna otra cosa. No es sensato explorar todas las vicisitudes procesales posibles, cosa que compete a abogados del Grupo y a abogados del AFSCA. Mi sensación de fondo sobre el conflicto es que Clarín no va a ganar el juicio por la inconstitucionalidad de la ley (la sentencia de la Corte dio varias señales en este sentido) y que probablemente antes de que haya algo firme sobre eso el tema virará a una vertiente de litigación adaptativa que implicaría una suerte de adecuación "blue" con separación departamental del Grupo."
  Hasta aquí, un panorama acerca de la discusión sobre el 7 de diciembre y sus implicancias legales. Tema relevante, aunque es evidente que el debate de fondo gira alrededor de las consecuencias que la disputa entre el Gobierno y el Grupo Clarín tendrá sobre el futuro de los medios y de la libertad de expresión en la Argentina.
   Así como el Gobierno promete que la aplicación de la ley resultará en un panorama más plural de medios, el Grupo Clarín y gran parte de la oposición plantean que si la presidenta Cristina Fernández de Kirchner se sale con la suya, quedará afectado el estado de derecho.
   Otro debate, a mi gusto no menor, tiene que ver con los métodos que utiliza el Gobierno para aplicar la ley. El oficialismo ha impedido el ingreso de los representantes que por ley le corresponden a la oposición dentro del directorio del AFSCA y también obstruye el funcionamiento de la comisión bicameral del Congreso que debiera supervisar la aplicación de la norma.
   Desde el AFSCA monopolizado por el oficialismo resolvieron que no le exigirían a ningún otro grupo de medios el cumplimiento del artículo 161 hasta que haga lo propio el Grupo Clarín, aún cuando los demás no hayan presentado medidas judiciales para dilatar plazos.
   Mientras tanto, el Gobierno sigue utilizando una cuenta cada vez más millonaria de publicidad oficial para financiar medios afines y para castigar a los que mantienen una línea independiente. Así, a lo largo de estos tres años, han proliferado medios para-estatales, todos encolumnados detrás del kirchnerismo.
   Los medios públicos siguen siendo mucho más gubernamentales que públicos, contrariando otros artículos de la norma; al sistema digital sólo entraron por la ventana (en teoría de manera experimental) los canales oficialistas; y quedaron afuera las organizaciones no gubernamentales o sin fines de lucro que debían acceder a las licencias vía una licitación que no se pudo concretar.
   Más allá de la pelea para que el Grupo Clarín se someta al artículo 161, la promesa de un sistema de medios más democrático y plural no ha sido más que eso: una promesa. Un slogan bonito, pero irreal.

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